La ley 150 del 2000 identifica en la Oficina Relaciones con el Público uno de los principales instrumentos organizativos a través del cual las públicas administraciones puedan cumplir a sus tareas de comunicación y relación con el público.
En conformidad con la normativa, los órganos responsables de las relaciones con el público tienen por misión, en primer lugar, garantizar plenamente la visibilidad de las actividades de las públicas administraciones, asegurando al ciudadano la posibilidad de participar y acceder a las actividades administrativas, a través de la participación y la constante actualización de los procedimentos administrativos, dentro de los límites establiecidos de la la ley.
La importancia de la ORP se recuerda en las Reglas generales por los sitios web de las PA (art.4 Directiva 8/2009 del Ministro de la Pública Administración) que establecen de garantizar el acceso a las informaciones sobre la ORP accediendo a la página directamente de la página de inicio del sitio web.
En este momento ESU gestiona las comunicaciones con sus clientes, y en general con los ciudadanos, a través de diferentes canales, informáticos y tradicionales:
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